MINVU abre llamado especial para Subsidio de Arriendo a Adultos Mayores y Personas con Discapacidad

Se puede postular de forma presencial en las oficinas regionales del Serviu, tanto en Valdivia como en La Unión, o bien de manera online a través de la página web www.minvu.cl

VALDIVIA 31.03.2025. Como una nueva instancia para mejorar la calidad de vida de las personas más vulnerables de nuestra región, calificó el Seremi de Vivienda y Urbanismo de la región de Los Ríos, Daniel Barrientos Triviños, el nuevo llamado especial del Minvu para Subsidio de Arriendo a Adultos Mayores y Personas con Discapacidad.

La postulación abre este martes 01 de abril y se extiende hasta el 30 del mismo mes, así lo destacó la autoridad regional, “es un avance concreto que el Ministerio de Vivienda está realizando para que una parte de la población, la más vulnerable, tenga acceso a una vivienda a través de este subsidio, que es una ayuda real y directa a las familias chilenas”.

Barrientos agregó además que, “el subsidio de arriendo otorga hasta 11 UF (es decir 427 pesos aproximadamente, lo que se suma al compromiso de pago del beneficiario que va de un 5% al 10% del total del arriendo, dependiendo de su Registro Social de Hogares; también existe una entrega de 1 UF adicional, para trámites de formalización del contrato de arriendo.

Finalmente, el Seremi indicó que “existe un puntaje adicional por la Edad del beneficiario y Personas registradas como Personas Cuidadoras en el núcleo familiar en el Registro Social de Hogares.

Requisitos:

–      Tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante 2025, o ser una persona con discapacidad acreditada en el Registro Nacional de la Discapacidad y tener más de 18 años.

–      Pertenecer hasta el 70% del Registro Social de Hogares.

–      Acreditar ingresos mínimos de 5 UF (194 mil pesos aproximadamente, equivalente a la Pensión Garantizada Universal vigente).

Puedes Postular

–      Sin Núcleo Familiar (persona sola)

–      Sin estar arrendando actualmente

–      Con una postulación en curso al Fondo de Elección de Vivienda (DS49).

–      Si él o la ´postulante, su conyugue o alguien de su núcleo familiar tiene derechos en comunidad sobre vivienda.

–      Si él o la postulante ya fue beneficiaria de una vivienda o subsidio habitacional siempre y cuando ya no sean propietarios de la vivienda.

–      Si él o la postulante ya obtuvo un subsidio de arriendo en llamados anteriores, si este se encuentra caducado y sin deuda vigente.

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