Aquellas personas que trabajen este 16 noviembre podrán ausentarse de sus labores por al menos tres
horas para votar, utilizando este permiso de manera independiente del horario de colación. Si se excede
este tiempo, el empleador podrá aplicar amonestaciones o descuentos en las remuneraciones, siempre
que no se justifique debidamente el retraso.
Con motivo de las elecciones presidenciales y parlamentarias de este domingo, la legislación laboral
establece una serie de derechos y obligaciones para quienes deban trabajar durante la jornada electoral,
garantizando el ejercicio del voto y la continuidad de las funciones esenciales.
Según explicó Eric Peñaloza, abogado laboral y académico de la Escuela de Derecho de la Universidad
UNIACC, “el empleador debe conceder a los trabajadores que deban laborar ese día un permiso de, al
menos, tres horas para que puedan ejercer su derecho a voto, sin descuento de sus remuneraciones”.
El profesional agregó que “las horas destinadas para votar son independientes del horario de colación,
por lo que este no puede reemplazar el permiso para sufragar”. Asimismo, precisó que “las empresas
que no permitan cumplir con el deber cívico a sus trabajadores arriesgan las multas impuestas por la
Dirección del Trabajo, las que varían según el número de trabajadores que tengan”.
Eso sí, advirtió que si un trabajador excede el tiempo destinado para votar, “se expone a eventuales
amonestaciones o descuentos por el tiempo de ausencia que supere las tres horas”. Sin embargo, aclaró
que “el empleador deberá justificar la gravedad del atraso y que este no se debió a circunstancias
distintas a la voluntad del trabajador como filas o tiempos excesivos de traslado”.
Peñaloza precisó que los empleadores no pueden exigir ninguna constancia de que el trabajador
efectivamente votó. “La ley solo exige que el empleador otorgue el permiso remunerado al trabajador
para que ejerza su derecho a sufragio, pero no establece la necesidad de un comprobante de
cumplimiento de su deber cívico por parte del trabajador”, subrayó.
En el caso de aquellos trabajadores que fueron designados como vocales de mesa, el docente de la
UNIACC indicó que “no están expuestos a descuentos de sus remuneraciones por no ir trabajar para
cumplir con su deber cívico. Además, tienen derecho al bono dispuesto por el Estado por el desempeño
de esta labor”.
Respecto de quienes deberán trabajar este domingo en jornada electoral, el especialista en derecho
laboral afirmó que “no existe una compensación o beneficio especial adicional por trabajar el día de las
elecciones, más allá de la normativa general de pago de horas extras o descanso compensatorio en caso
de ser procedente”.
También advirtió que “no existe una obligación legal para que el empleador facilite o tome medidas para
que los trabajadores se desplacen a sus locales de votación”.
Finalmente, Peñaloza recordó que “quienes se vean impedidos de ir a votar por parte de su empleador
tienen que hacer la denuncia respectiva ante la Inspección del Trabajo a través de los canales dispuestos
para ello”.
Elecciones 2025: cómo funciona el permiso para votar y cuáles son los derechos de quienes trabajan este domingo













