Los árboles se comercializaban informalmente en el área libre de plagas cuarentenarias,
sin contar con la acreditación de su origen y condición fitosanitaria.
150 plantas de cítricos fueron decomisadas por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que
se comercializaban de manera informal en Valdivia, sin contar con la debida acreditación
de su origen, ni respaldos de su condición fitosanitaria.
La región de Los Ríos forma parte del área libre de plagas cuarentenarias, en la cual se
prohíbe el transporte de diversos artículos reglamentados, según explicó el Director
Regional del SAG, Carlos Burgos. “Las principales formas de diseminación de plagas
agrícolas son el movimiento de suelo, productos y frutos infectados. Este tipo de
conductas podrían provocar la introducción o dispersión de plagas de gran relevancia
económica para el territorio”, detalló la autoridad.
“Chile está declarado desde el año 1995 como país libre de mosca de la fruta, lo que es
una ventaja comparativa para la industria exportadora de productos hortofrutícolas
frescos. Sin embargo, actualmente el SAG trabaja en controlar emergencias por mosca de
la fruta en cuatro regiones, por lo que comercializar en el área libre productos sin la
condición fitosanitaria, es altamente riesgoso”, explicó Burgos.
La Resolución Exenta 3.276/2016 del SAG establece el área libre de plagas cuarentenarias
desde la provincia de Arauco, en la región del Bío-Bío al sur, estando prohibido ingresar
cualquier material que movilice suelo, como plantas, sacos vacíos usados, maquinaria e
implementos sin la correspondiente sanitización, envases de uso agrícola, industrial,
minero u otro, por el eventual riesgo de portar enfermedades silvoagropecuarias que
puedan afectar gravemente la agricultura.
También indica que, se podrán transportar artículos reglamentados, a condición de
cumplir con los requisitos fitosanitarios exigidos, amparados en una Guía de Libre
Tránsito, como por ejemplo plantas producidas o embaladas en contenedores con
sustratos, de especies frutales, ornamentales o forestales, provenientes de viveros
inscritos en el SAG, plantas de viveros, trasladadas a raíz desnuda, de especies frutales,
ornamentales o forestales, provenientes de viveros inscritos en el SAG, las que deberán
trasladarse con raíces limpias, libre de terrones (idealmente lavadas), entre otras.
Quienes infrinjan estas disposiciones, ya sean productores, transportistas o
comercializadores, se arriesgan a multas de hasta 150 UTM, además del decomiso y
destrucción del producto. Si la ciudadanía necesita comunicarse con el SAG, para obtener
más información o efectuar denuncias, puede hacerlo a contacto.losrios@sag.gob.cl.