Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos cuenta con más de 6 mil inscritos a un año de su entrada en vigencia en Los Ríos 

  • Actualmente y a nivel nacional, la deuda alcanza los 95 mil millones de pesos y del total de ingresos de causas, se han realizado 194. 582 inscripciones y 19.229 cancelaciones.  

21.11.23. “Visibilizar y empujar un cambio de conciencia respecto a un problema histórico en Chile, como es el no pago de las pensiones de alimentos y el abandono parental ha sido uno de los resultados más evidentes desde que el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos entró en vigencia en noviembre del año pasado. A la fecha y a nivel nacional, ya existen más de 166 mil inscritos y la realidad que afecta a las niñas y niños de la Región de Los Ríos no es muy ajena, pues también se registran más de 6 mil inscritos a nivel local” dijo la Seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Francisca Corbalán Herrera en el balance del primer año de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA). 

Según la información del Registro Civil, actualizada al 15 de noviembre, durante este año ingresaron 194.582 causas al Registro, de las cuales hubo 19.229 cancelaciones, por lo que aún quedan vigentes 175.353 causas que corresponden a más de 166 mil deudores, ya que existen deudores con más de una causa. En Los Ríos 6.272 personas han sido inscritas como deudores/as y de ellos, 6.019 se mantienen como deudores vigentes.  

La Seremi Corbalán agregó que “por cada 10 deudores que ingresan al registro, solo 2,5 de ellos pagan, lo que claramente no es una estadística suficiente ni justa, tal y como señaló la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género Antonia Orellana. Hablamos de recursos que son esenciales para el desarrollo de más de 7 mil niños, niñas y adolescentes en Los Ríos que hoy no reciben el pago de sus pensiones alimenticias, lo que además implica que miles de hogares sean liderados por una mujer sola, que no recibe el aporte que esos niños y niñas necesitan y, por lo tanto, caen en el endeudamiento y en empobrecimiento. El monto adeudado solo en nuestra región supera los 4.500 millones de pesos”. 

A nivel nacional, del total de personas deudoras, un 97% corresponde a hombres (161.115) y un 3% a mujeres, de los cuales 4.976 son reincidentes, misma dinámica que se repite a nivel regional. A partir de esto, en Los Ríos hay un total de 7.253 niños, niñas y adolescentes que no reciben pensión según este Registro. “En nuestra región se da algo particular que no ocurre en el resto del país, y es que proporcionalmente se pagan en bastante mayor cantidad las pensiones de niños hombres en contraste con las de niñas mujeres, como si estas tuvieran menor valor. Un 63% de las deudas de pensiones de alimentos corresponde a las que se debieran pagar a niñas en Los Ríos, una realidad sobre la que debemos reflexionar y que tenemos que cambiar con urgencia”, señaló la Seremi Corbalán. 

Otro dato importante a destacar es que, hasta mediados de abril del presente año, casi no existían cancelaciones. En julio, por cada 10 Inscripciones de Registros de Deuda, había 1 pago efectivo y desde octubre, por cada 10 Inscripciones, hubo 2,5 cancelaciones. 

¿Cómo funciona el Registro de Deudores? 

Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia, los cuales deben evaluar los antecedentes. La persona demandante debe solicitar al tribunal correspondiente la liquidación de la deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación, el Tribunal enviará los antecedentes al Servicio de Registro de Identificación, para que éste inscriba al alimentario deudor en el Registro Nacional de Deudores. 

Este mecanismo es un sistema electrónico remoto, gratuito y puede ser consultado por personas o instituciones que tenga la obligación legal de hacerlo, tales como deudores, demandantes, representantes legales, tribunales, bancos, notarías, municipalidades, entre otras instituciones públicas y privadas. 

Dentro de las consecuencias de ingresar al Registro Nacional de Deudores se encuentran: la retención de las devoluciones de impuestos en la operación renta de cada año, la imposibilidad de obtener o renovar la licencia de conducir y/o el pasaporte y la retención de operaciones de crédito (desde 50 UF o más alcanzará un 50%), entre otras medidas.  

Cabe destacar que, a partir de su implementación, el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género detectó e impulsó medidas para mejorar el cumplimiento de la ley en el caso de los prestadores de servicios financieros, entregándole atribuciones expresas a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), para fiscalizar y sancionar a estos actores, lo que fue aprobado por el Congreso en diciembre de 2022. La Ley dispuso que, a partir de marzo, la CMF comenzará a supervisar el cumplimiento de las obligaciones de consulta del Registro por parte de los proveedores de servicios financieros que fiscaliza. 

Seis meses después de la puesta en marcha del Registro, el 20 de mayo de 2023 comenzó a operar el mecanismo de pago efectivo de pensiones, creado por la Ley 21.484 sobre Responsabilidad Parental, presentada por el gobierno del presidente Gabriel Boric Font.  

Desde entonces, ambas normativas conforman una mejor institucionalidad del Estado chileno destinada a mejorar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos en el país.  

A partir de la ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, si existe al menos una mensualidad de pensión de alimentos adeudada, se puede solicitar al tribunal que dictó la resolución en donde consta la deuda, que -en primer lugar- ordene el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros, y, en segundo lugar, en las cuentas de ahorro previsional voluntario. Esta búsqueda de fondos es realizada por el tribunal de oficio.  

En tanto, si existen tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, ya sea total o parcial, continua o discontinua, el tribunal ordena el pago mediante los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del deudor, sí y solo sí, el alimentante no mantiene fondos en cuentas bancarias, cuentas de APV o instrumentos financieros o de inversión, o si éstos son insuficientes para el pago total de la deuda. 

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