Controversia por beneficios penitenciarios: Gobierno defiende la legalidad de 56 rebajas de condenas por delitos sexuales contra menores

Una investigación periodística reveló que el Ministerio de Justicia otorgó reducciones de pena a condenados por abuso y violación infantil entre marzo y septiembre de 2026. Tras los cuestionamientos de la Defensoría de la Niñez y diversos parlamentarios, el Ejecutivo argumentó que la medida se ciñe a la doctrina de la Corte Suprema.

Revelación de los antecedentes

Una investigación publicada por el medio Interferencia, basada en información recabada a través de la Ley de Transparencia, dio a conocer que entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026 el Gobierno concedió 56 rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales cometidos contra menores de edad. De acuerdo con el reporte, firmado por la periodista Francisca Santander Faúndez a partir del oficio ORD. N° 7067 de la Subsecretaría de Justicia, las resoluciones beneficiaron a 27 condenados por abuso sexual infantil y a 29 por violación.

El informe detalló que los Decretos Supremos fueron emitidos administrativamente bajo la fórmula «por orden del Presidente de la República» y que, en promedio, se aprobó una rebaja cada tres días. Asimismo, la investigación indicó que las reducciones de penas se otorgaron sin que mediaran recursos de amparo u otras órdenes judiciales directas que obligaran al Ejecutivo a concederlas caso a caso.

Fundamentos del Ministerio de Justicia

Frente a la polémica suscitada, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, confirmó las resoluciones y defendió su estricta legalidad durante su paso por el Congreso Nacional. El secretario de Estado explicó que la actuación de la cartera se limitó a recoger la doctrina establecida por la Corte Suprema en múltiples recursos de amparo resueltos con anterioridad.

El centro de la discusión jurídica radica en la Ley N° 19.856 —que regula la reducción de condenas por buena conducta— y la posterior modificación introducida en febrero de 2022 por la Ley N° 21.421, la cual excluyó expresamente de estos beneficios a los autores de delitos sexuales contra menores. No obstante, la cartera de Justicia sostiene que, siguiendo el criterio fijado por el máximo tribunal del país, dicha restricción no puede ser aplicada de forma retroactiva a los delitos perpetrados antes de la entrada en vigor de la reforma de 2022.

Reacciones y cuestionamientos políticos

La concesión de estos beneficios generó una inmediata reacción de la Defensoría de la Niñez. Su titular, Anuar Quesille, manifestó su categórico rechazo, calificando la decisión administrativa como «un retroceso para la protección efectiva de la niñez» y anunciando que requerirá formalmente los antecedentes del caso al Ministerio de Justicia para evaluar los fundamentos del cambio de criterio, enfatizando el derecho de las víctimas a la protección, justicia y reparación.

El caso también desencadenó transversales reacciones en el Congreso Nacional. Mientras que la bancada del PPD solicitó información detallada sobre las resoluciones, diputados de Renovación Nacional anunciaron la presentación de un proyecto de reforma constitucional para ajustar las reglas de concesión de este tipo de beneficios. En tanto, desde el Partido Comunista se impulsan acciones para convocar a una sesión especial en la Cámara de Diputadas y Diputados con el propósito de citar a las autoridades del Ejecutivo a rendir explicaciones sobre la materia.

Fotografia : biobiochile.cl

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